La UE obligará a que los cargadores incluyan cables USB-C desmontables en 2028 y exigirá etiquetas de potencia en los cables

La Unión Europea prepara un nuevo salto en su estrategia del “cargador común”. A partir de 2028, los adaptadores de corriente que se vendan en el mercado comunitario —los habituales “ladrillos” y transformadores de pared— deberán incluir cables USB-C desmontables. Además, los cables USB-C tendrán que llevar etiquetas visibles con su potencia máxima soportada para que el usuario sepa, de un vistazo, si sirven para carga rápida o para alimentar equipos de mayor demanda. La medida llega dentro de un nuevo Reglamento de ecodiseño que fija requisitos de eficiencia, interoperabilidad, durabilidad e información al consumidor para fuentes de alimentación externas (EPS), cargadores inalámbricos, cargadores de baterías de celda única y cables USB-C.

La decisión no aparece de la nada. Es el siguiente paso lógico tras la adopción del conector USB-C en teléfonos, tabletas y ordenadores portátiles bajo la Directiva de Equipos Radioeléctricos (RED). Entonces ya se anticipó que estandarizar el puerto de los dispositivos debía ir acompañado de reglas sobre los cargadores y los cables si se quería lograr interoperabilidad real y recortar residuos. Este Reglamento aterriza esas reglas del lado de la alimentación: eficiencia mínima también a cargas bajas, límites de consumo en vacío y en espera, información clara al consumidor y, sobre todo, cable de salida desmontable como requisito generalizado.

Qué cambia para cargadores y cables

El núcleo del cambio se apoya en tres pilares: interoperabilidad, eficiencia energética e información al usuario.

  1. Interoperabilidad. Los adaptadores que alimenten electrónica de consumo, informática y telecomunicaciones deberán cumplir criterios comunes de compatibilidad, con especial atención a los modelos con salida USB-C y a rangos de potencia que cubren desde periféricos y móviles hasta portátiles y monitores. La estandarización apunta a que un mismo cargador pueda servir a más de un dispositivo sin pérdida de seguridad ni de prestaciones.
  2. Eficiencia. Además de los límites de consumo en vacío, el Reglamento fija exigencias de rendimiento a baja carga —el punto débil de muchos adaptadores— y contempla aspectos específicos para las bases de carga inalámbrica, que en demasiadas ocasiones consumen energía incluso cuando no hay un dispositivo encima. La filosofía es clara: reducir ese “goteo” eléctrico silencioso que, sumado en millones de hogares y oficinas, se convierte en teravatios hora cada año.
  3. Información útil. Dos novedades destacan aquí. Por un lado, la etiqueta de potencia en los cables USB-C (por ejemplo, 60 W, 100 W, 240 W), clave para que el usuario no se lleve sorpresas con la carga rápida o con equipos que exigen más potencia. Por otro, la señalización común a nivel europeo para cargadores que cumplen la normativa, con un logotipo identificable en la etiqueta del producto y en su embalaje.

A estas medidas se suma la que probablemente más notará el consumidor: la obligación de que los adaptadores se suministren con un cable USB-C desmontable. Es una solución de sentido común a un problema cotidiano. En la práctica, el cable es el componente que más sufre tirones, torsiones y pellizcos; se deteriora mucho antes que el “ladrillo”. Si el cable es intercambiable, el cargador puede vivir varios ciclos de cables sin convertirse en residuo prematuro.

Menos residuos, más vida útil y compras más racionales

El impacto de un simple detalle de diseño —cable fijo frente a cable desmontable— es enorme. Con cable desmontable:

  • Se alarga la vida útil del cargador: cuando el cable falla, se cambia el cable, no la fuente completa.
  • Se reduce la cantidad de residuos electrónicos: menos adaptadores terminan en un cajón o en el contenedor por un fallo menor.
  • Se compra mejor: el usuario puede optar por cables de distinta longitud o mayor capacidad de potencia según necesidades reales, sin cambiar el adaptador.

La etiqueta de potencia en el cable también ataca una fuente común de frustración: la incertidumbre. Muchas devoluciones nacen porque el cable “no carga tan rápido” como se esperaba o porque “no da para el portátil”. Con el etiquetado obligatorio, el consumidor sabrá si el cable soporta, por ejemplo, 60 W para un móvil y una tableta, 100 W para la mayoría de portátiles finos, o 240 W para estaciones más exigentes dentro de lo que admite USB Power Delivery. No habrá que memorizar códigos oscuros del fabricante ni fiarlo todo a reseñas.

Eficiencia: del laboratorio al enchufe del salón

El Reglamento no se limita a decir “ahorre usted”; entra en el detalle técnico que marca la diferencia en el uso real. Por ejemplo, medir la eficiencia a bajas cargas evita que los adaptadores “buenos” solo lo sean en condiciones ideales de laboratorio. Y los límites de consumo en vacío —tanto en adaptadores con cable como en bases de carga inalámbricas— persiguen reducir el soporte vital eléctrico cuando nadie carga nada. Todo suma en la factura a fin de mes y, multiplicado por los millones de equipos en uso, suma en las emisiones de CO₂ y en la dependencia energética.

Qué entra y qué queda fuera (por ahora)

El alcance es amplio, pero no ilimitado. No se tocan, por ejemplo, fuentes de alimentación para iluminación o movilidad eléctrica ligera. Tampoco se impone por norma que todos los fabricantes vendan siempre el dispositivo sin cargador (“unbundling”): la Comisión analizó esa opción pero la dejó fuera del paquete final. Este Reglamento se centra en hacer mejores los cargadores y cables, con reglas armonizadas y señalización clara, no en reordenar de golpe cómo se empaquetan los productos.

La carga inalámbrica recibe atención, pero de forma distinta: se fijan límites de consumo en espera y requisitos de información y seguridad, sin imponer —de momento— un nivel de eficiencia activa único para todas las tecnologías. Es un terreno en rápida evolución, y el texto prevé revisiones periódicas para ajustar el tiro si el mercado lo requiere.

Industria: costes bajos, reglas claras y menos incertidumbre

Para los fabricantes, las nuevas obligaciones no implican un rediseño radical. La mayoría ya trabaja con plataformas USB-C, y los requisitos de eficiencia y etiquetado son ajustes razonables que, además, introducen claridad regulatoria: un único marco para los 27 Estados miembros. La carga administrativa adicional —incorporar un logotipo común e información de potencia— es reducida si se compara con la ventaja de vender en un mercado unificado con expectativas y pruebas armonizadas.

El sector sí expresó inquietudes durante la consulta pública acerca de exigir alta eficiencia a cargas muy bajas —punto exigente para ciertas topologías— y sobre la interoperabilidad con dispositivos especiales. Organizaciones de consumidores y ambientales, por su parte, defendieron ir más allá en eficiencia e información. El texto final busca un equilibrio: objetivos ambiciosos donde el impacto agregado es mayor, flexibilidad donde el estado del arte aún no es estable, y una revisión a cinco años para ajustar si es necesario.

El mercado único sale ganando

Al armonizar requisitos técnicos y de información, la UE evita el “mosaico” de normas nacionales que fragmenta el mercado y encarece el cumplimiento. La experiencia en otros productos de ecodiseño —desde electrodomésticos hasta electrónica de consumo— muestra que fijar un listón común empuja la innovación, baja los costes con escala y reduce la confusión del consumidor. Aquí la apuesta es similar: menos cargadores específicos por dispositivo, más cargadores válidos para varios usos, y cables claramente identificados por su capacidad.

Consumidor: claridad por fin en cables y cargadores

En el día a día, la diferencia se notará. Al comprar un cable, la etiqueta indicará su potencia máxima y —cuando proceda— otras capacidades relevantes. Al comprar un cargador, un logotipo europeo permitirá identificar de un vistazo qué productos cumplen el estándar común. Y, si ese cargador vino con un cable corto o se necesita más potencia para un equipo nuevo, bastará con elegir otro cable adecuado. Sin acertijos ni tecnicismos.

No se trata de tirar lo que ya hay en casa. El ecosistema USB-C es retrocompatible hasta donde lo permiten las normas de seguridad. Lo que hace la nueva regulación es acelerar la convergencia hacia un escenario con menos cargadores, pero mejores, ayudado por reglas de eficiencia y de información que bajan el ruido y el desperdicio.

Un paso coherente en la política del “cargador común”

Si la primera fase de esta política fue llevar USB-C a los dispositivos más comunes, esta segunda fase lleva orden a la alimentación: cargadores con mejor rendimiento en condiciones reales, cables claramente etiquetados por potencia y obligatoriedad de cable desmontable para prolongar la vida útil y reducir residuos. En conjunto, es una madurez del mercado: menos frustración para el usuario, menos costes ocultos y más transparencia para todos.


Preguntas frecuentes

¿Qué productos estarán afectados exactamente a partir de 2028?
Abarca los adaptadores de corriente que se comercialicen en la UE (incluidos los “ladrillos” y los transformadores de pared) y los cables USB-C. Los adaptadores deberán suministrarse con cables USB-C desmontables y los cables deberán llevar etiquetas de potencia visibles (por ejemplo, 60 W, 100 W, 240 W).

¿La normativa obliga a vender siempre los dispositivos sin cargador (“unbundling”)?
No. La medida se centra en mejorar eficiencia, interoperabilidad y transparencia en cargadores y cables. Los fabricantes podrán seguir decidiendo si incluyen o no el cargador en la caja del dispositivo, respetando las reglas comunes.

¿Cómo sabrá el usuario qué cable necesita para carga rápida?
Gracias a la etiqueta de potencia. Si un móvil admite carga rápida a 60 W, bastará con elegir un cable etiquetado para 60 W o más y un cargador compatible. Para portátiles y monitores con mayor demanda, hay cables etiquetados hasta 240 W dentro del estándar USB Power Delivery.

¿Qué pasa con los cargadores inalámbricos?
El Reglamento fija límites de consumo en espera e información mínima para bases de carga. El objetivo es reducir consumos innecesarios cuando no están cargando y ofrecer al usuario datos claros sobre compatibilidad y prestaciones.


Fuentes

  • Comisión Europea — Evaluación de impacto y propuesta de Reglamento de ecodiseño para fuentes de alimentación externas, cargadores inalámbricos, cargadores de baterías de celda única y cables USB-C (documentación de octubre de 2025).
  • Documentación y comunicaciones previas relacionadas con la Directiva de Equipos Radioeléctricos (RED) y la adopción del USB-C como conector común en la UE.

vía: Europa